Activan queja contra alcalde Arias por desobediencia en acciones de defensa en Ley de Concesiones

Activan queja contra alcalde Arias por desobediencia en acciones de defensa en Ley de Concesiones

El 3 de junio de 2024, el concejal de La Paz, Pierre Chain, presentó una denuncia por incumplimiento en acciones de defensa contra el alcalde Iván Arias Durán, por no haber promulgado un Decreto Reglamentario Municipal para aplicar la Ley Municipal N° 498 sobre Control y Transparencia de Concesiones.

Dentro de una Acción de Cumplimiento impulsada por el concejal, la Segunda Sala Constitucional de la Corte Departamental de Justicia emitió la Resolución N° 80/2024 el 17 de abril de 2024, dando un plazo de 10 días hábiles para que se promulgue la norma.

Cadena dijo que el alcalde tenía hasta el 2 de mayo de 2024 para cumplir. Posteriormente, atendiendo a una solicitud de complementación y modificación, se amplió el plazo hasta el 15 de mayo; sin embargo, al 3 de junio el Ejecutivo no había promulgado ningún decreto en el Boletín Municipal, precisó en su memoria.

Indicó que, en abierto desacato al Tribunal Constitucional, Arias ha continuado con el proceso de licitación para otorgar a agentes privados los Servicios de Estacionamiento Pagado en Vías por Bs 35 millones; Servicio de Aseo Urbano en la Vertiente Este y Macrodistritos Rurales por Bs 47 millones; Centro Cultural y Comercial por Bs 38,2 millones; y Servicios Municipales de Saneamiento por Bs 8,2 millones.

El concejal advirtió que estos procesos son nulos y están poniendo en riesgo la seguridad jurídica del municipio, toda vez que la Corte Constitucional ha dado plena vigencia a la Ley Municipal N° 498, ordenando la elaboración de un decreto reglamentario. Como resultado de esta ley, todos los contratos de concesión deben ser enviados al Concejo Municipal para su revisión y posterior consideración.

Señaló que el artículo 203 de la Constitución Política del Estado indica que las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional “son obligatorias y de obligado cumplimiento, y contra ellas no cabe recurso ordinario”.

Solicitó a la Corte Constitucional de La Paz que notifique al alcalde para que en un plazo de tres días informe sobre el incumplimiento denunciado y, de comprobarse esto, envíe antecedentes a la Fiscalía de La Paz para que abra una causa por el Delito de desobediencia a resoluciones en acciones de defensa, previsto y sancionado en el art. 179 bis del Código Penal.

Cadena espera que esta vez la Fiscalía de La Paz no proteja al alcalde Arias ante pruebas tan contundentes no sólo de violación a las leyes, sino a la Constitución Política del Estado.

Fuente: Erbol | Seguridad

Noticias de Bolivia de hoy 09/06/2024

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