Gobierno limita los descuentos sindicales por planilla en el nivel central del Estado

El Gobierno decidió derogar los decretos que permitían descuentos en nómina por aportes sindicales en entidades públicas del nivel central del Estado, incluidos docentes y jubilados.
La decisión se enmarca en el nuevo Decreto 5654, mediante el cual se busca “proteger los sueldos, salarios e ingresos de los servidores públicos y jubilados”, evitando así “descuentos discrecionales”.
La norma establece que sólo podrán aplicarse descuentos para seguridad social de larga duración, ausencias, demoras y sanciones administrativas, el Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), retenciones judiciales por asistencia familiar y recuperaciones a favor del Estado por cargas indebidas.
Asimismo, dispone que las entidades públicas deberán dejar sin efecto cualquier descuento de nómina que no esté contemplado en estos conceptos.
La nueva norma deroga siete decretos supremos que regulaban los descuentos de nómina, entre ellos el Decreto Supremo 0106 de 2009, que estableció el régimen de aportes sindicales para los docentes. Asimismo, fueron derogados artículos de otros dos decretos relacionados con el tema.
Según el Decreto 5654, a partir de ahora, los servidores públicos y jubilados que deseen realizar aportes voluntarios deberán autorizar, de manera individual, expresa, revocable y comprobable, el débito directo de su cuenta en una institución financiera.
En el caso de los jubilados del Sistema de Distribución, el Servicio Nacional del Sistema de Distribución (SENASIR) sólo podrá realizar descuentos por concepto de seguridad social de corto plazo, asistencia familiar, recuperaciones a favor del Estado y convenios con entidades públicas del nivel central.
La norma también faculta a las entidades territoriales autónomas a adoptar medidas similares en el marco de sus competencias.
Sin embargo, quedan excluidas de esta norma las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana.
Fuente: Erbol