Denuncian a jueces de Tupiza y Yacuiba por presuntas fallas procedimentales

Dos jueces de Tupiza y Yacuiba fueron denunciados por presuntas irregularidades en la administración de justicia. Los afectados cuestionan decisiones y actuaciones procesales que, según ellos, se desviaron del debido proceso y de los procedimientos establecidos, generando perjuicios a las partes involucradas.
Ambos casos, si bien corresponden a materias jurídicas diferentes, coinciden en la denuncia de los litigantes sobre una supuesta aplicación arbitraria de la norma que habría afectado el derecho de defensa de los involucrados.
En Tupiza, la polémica gira en torno al expediente registrado bajo el NUREJ 50173219, iniciado por una denuncia por los presuntos delitos de calumnia y difamación. Según los afectados, el caso se desarrolló a partir de una denuncia que no fue admitida formalmente.
Pese a ello, la autoridad judicial convocó a 16 audiencias, medida que el imputado califica como un mecanismo de presión desproporcionado para forzar un acuerdo de conciliación.
El demandado también señaló que, luego de plantear una objeción, el juez concedió un plazo de subsanación; Sin embargo, han transcurrido cinco meses sin que se dicte la resolución definitiva mediante auto interlocutorio motivado.
El conflicto procesal se acentuó el 7 de mayo, cuando se programó una nueva audiencia de conciliación, a la que no asistió el denunciante ni su abogado. Según el afectado, se debe aplicar el artículo 381 del Código Procesal Penal, que prevé la sanción y el archivo de las acciones.
En cambio, el tribunal fijó fecha de juicio oral para el 23 de julio, sin haber notificado personalmente a los imputados ni resuelto formalmente la objeción pendiente.
Indicaron que la semana pasada presentaron un memorial solicitando la terminación del proceso por abandono y está pendiente de la respuesta de la autoridad.
Los imputados anunciaron la presentación de una denuncia formal ante el Consejo de la Judicatura para que supervise las actuaciones del tribunal.
Yacuiba y el caso de la unión libre
Por otro lado, en Yacuiba, el juez del Segundo Juzgado Público de Familia, Mario Villca Zambrana, enfrenta una pregunta formal ante el Consejo de la Judicatura en el marco del proceso de reconocimiento de la unión libre NUREJ 60171283, impulsado por la pareja de un militar fallecido (identificado con las siglas R.R.V.).
Según los antecedentes del caso, el demandante declaró que los hijos del fallecido residían en el extranjero, por lo que la autoridad judicial ordenó su citación mediante edictos de prensa.
Los herederos señalan que el juez omitió solicitar previamente los informes de domicilio al Servicio de Registro Cívico (SERECÍ) y al Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), procedimiento ordinario para verificar el paradero de los imputados.
Esta omisión habría impedido que los hijos de los fallecidos, quienes residen en el país, pudieran conocer el proceso y ejercer su defensa.
El proceso concluyó el 23 de marzo de 2026 con la declaración de ejecución de la unión de hecho, que permitió al demandante cobrar las prestaciones sociales del causante.
Tras conocer la sentencia, los herederos interpusieron un incidente de nulidad de obras que fue rechazado por el juez, por lo que el caso se encuentra actualmente en etapa de apelación ante la Segunda Sala Civil.
Los recurrentes en ambos casos enfatizaron que sus pretensiones buscan que los órganos de control del Poder Judicial determinen si existieron faltas o delitos muy graves en el ejercicio de la función jurisdiccional y, en su caso, se establezcan las sanciones correspondientes.
Fuente: Erbol | Seguridad