Experto jurídico identifica la vía civil para demandar resarcimiento a los bloqueadores

Experto jurídico identifica la vía civil para demandar resarcimiento a los bloqueadores

En medio del debate sobre la necesidad de exigir una indemnización por los daños causados ​​durante los 51 días de bloqueo vial, el abogado civil Juan Pablo Albornoz Jiménez afirmó que existe una forma legal de exigir una indemnización por los daños en la jurisdicción civil. Explicó que una resolución emitida por la Segunda Sala Constitucional de La Paz sienta un precedente que abre la posibilidad de plantear reclamaciones de indemnización a través de procesos de conocimiento ordinario.

El jurista sostuvo que no es necesario crear nuevas normas para perseguir este tipo de responsabilidades extracontractuales, ya que el Código Civil y el Código de Procedimiento Civil ofrecen mecanismos suficientes para reclamar una indemnización.

Precisó que la Resolución Constitucional 149/2026-S2, emitida tras una acción popular presentada en mayo de este año, considera que los bloqueos que afecten derechos fundamentales pueden constituir actos ilícitos contemplados en el artículo 984 del Código Civil.

Entrevistado por Erbol, Albornoz señaló que antes de esta resolución existían dudas sobre la calificación jurídica de los bloqueos. "El único problema que había era no determinar los bloqueos contundentes como un acto ilícito. Pero ahora es un acto ilícito, es contrario a la norma y te causa daño. Cualquier acto ilícito que cause daño abre perfectamente el camino para poder iniciar un reclamo de indemnización por daño civil", afirmó.

El abogado participó como expositor en la plataforma Excelencia Jurídica, junto a otros especialistas que analizaron el tema “Bloqueos en Bolivia: responsabilidades, consecuencias y medios de reparación jurídica”.

En ese espacio, sostuvo que la resolución constitucional identifica como conductas ilícitas los bloqueos que impiden el paso de alimentos, medicinas y mercancías, afectando el comercio y derechos de otras personas.

Albornoz explicó que, para iniciar una demanda, es necesario identificar a las personas que participaron o promovieron las acciones que generaron los daños. Posteriormente, el afectado podrá solicitar medidas cautelares contra el patrimonio de los autores mientras transcurre el proceso judicial.

"Imagínense, a modo de ejemplo, si se determina que el señor Mario Argollo sería el autor, toda la responsabilidad recaería directamente sobre esta persona. Se inician los procesos, se le congelan las cuentas, se le congelan los bienes", comentó.

Agregó que, de comprobarse que una persona actuó en representación legal de una organización, en este caso la Central Obrera Bolilviana (COB), también se podrían analizar anotaciones preventivas sobre bienes o restricciones a determinados bienes, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de un eventual fallo favorable.

El abogado consideró que existen elementos públicos como prueba, entre ellos comunicados de prensa, videos y otros registros difundidos durante el conflicto. Según él, estos materiales podrían utilizarse para establecer quién promovió o convocó determinadas acciones.

Asimismo, aclaró que este tipo de procesos se desarrollan en el ámbito del derecho privado, por lo que la controversia surge entre particulares. En consecuencia, corresponde a las personas o empresas afectadas iniciar acciones legales para reclamar una compensación económica por los daños sufridos.

"Lo bueno de este tipo de procesos es que facultan a los jueces para realizar investigaciones detalladas y eso implica, por ejemplo, el levantamiento del secreto bancario. Entonces, incluso se puede ver, desde el punto de vista de un análisis exhaustivo, los movimientos bancarios", dijo.

Reconoció que se trata de procesos ordinarios que pueden llevar tiempo; Sin embargo, considera que la situación actual podría servir para sentar precedentes en materia de responsabilidad civil derivada de bloqueos. En su opinión, incluso la adopción temprana de medidas cautelares podría generar un efecto disuasorio frente a futuras acciones similares.

El abogado afirmó que una demanda es un reclamo completamente válido y lo único que "necesitaríamos es que los jueces hicieran su trabajo. Pero, obviamente, hay que ver el momento de plantearlo, además de que alguna empresa realmente se atreva a hacer este reclamo oportuno".

Sostuvo que el Estado, a través de los órganos jurisdiccionales, debería estar interesado en esclarecer responsabilidades. "Quienes han causado daños, no sólo al país, sino a las personas, deben responder por esos daños. Es una muy buena herramienta jurídica para que el Gobierno siente las bases para que este tipo de acciones no se repitan más", indicó.

Fuente: Erbol | Seguridad

Noticias de Bolivia de hoy 21/06/2026

VIDEO: NOTICIAS DE BOLIVIA DE HOY