Asamblea publica lista de habilitados y revela insuficiencia de postulantes para el TCP en cinco departamentos

Asamblea publica lista de habilitados y revela insuficiencia de postulantes para el TCP en cinco departamentos

La Asamblea Legislativa Plurinacional publicó la lista de aspirantes habilitados e inhabilitados al Poder Judicial y se revela que faltan aspirantes al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), teniendo en cuenta que el número mínimo, según el Reglamento, es cuatro solicitantes por departamento. De hecho, Beni y Santa Cruz sólo clasificaron a dos y Cochabamba a tres.

En el caso de Pando hay cuatro postulantes calificados pero ninguna mujer y en Potosí hay cuatro candidatos calificados y solo una mujer. El artículo 42 del Reglamento para la preselección de candidatos dice “La Asamblea Legislativa Plurinacional preseleccionará: a) Al Tribunal Constitucional Plurinacional, cuatro (4) postulantes por cada departamento, de los cuales el cincuenta por ciento (50%) de los preseleccionados serán mujeres y al menos una persona será (1) de origen indígena campesino.

En el caso del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de La Paz fueron calificados 25 postulantes, Tarija 12, Pando 9, Beni 21, Santa Cruz 26, Potosí 25, Oruro 21 y Cochabamba 15. El inciso b) del art. 42 del Reglamento señala que, para la Corte Suprema de Justicia, se preseleccionarán cuatro (4) aspirantes por cada departamento, en dos listas separadas de mujeres y hombres, garantizando que el cincuenta por ciento (50%) de los preseleccionados sean mujeres y el presencia de al menos una persona de origen indígena campesino.

En el caso del Consejo de la Magistratura, hay 56 postulantes y el Reglamento de Convocatoria señala que se habilitará hasta un número máximo de diez (10) postulantes, garantizando que el cincuenta por ciento (50%) de las personas preseleccionadas sean mujeres.

Hay 33 postulantes al Tribunal Agroambiental. El inciso) del art. 42 del Reglamento señala que se habilitará hasta un número máximo de catorce (14) postulantes, garantizando que el cincuenta por ciento (50%) de las personas preseleccionadas sean mujeres y la inclusión de postulantes de origen indígena. agricultor.

Para esta semana, la Asamblea prevé habilitar la fase de impugnación prevista en el Reglamento.

Sin embargo, es necesario señalar que el mismo Reglamento, en su art. 34, dispone que previo informe motivado de la Comisión Mixta tras la verificación de requisitos e impugnaciones, la convocatoria se declarará desierta en los siguientes casos: a) Se advierta que no será posible contar con solicitantes suficientes para elaborar listas de candidatos , previa verificación de requisitos o después de impugnaciones, y el párrafo II indica que si se convoca al proceso de preselección de una de las cuatro instituciones, la Asamblea convocará nuevamente al proceso de preselección correspondiente.

Fuente: Erbol

Noticias de Bolivia de hoy 16/03/2024

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