La Justicia redefine que la sucesión de Añez en 2019 fue una ‘necesidad constitucional’ para evitar un caos mayor

La Justicia redefine que la sucesión de Añez en 2019 fue una ‘necesidad constitucional’ para evitar un caos mayor

La toma de posesión presidencial de Jeanine Añez en noviembre de 2019, que para algunos constituyó parte de un golpe de Estado, es ahora reinterpretada por la Justicia como un acto necesario para preservar la democracia.

El fallo absolutorio del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a favor de Jeanine Añez, reivindica la sucesión presidencial ocurrida en 2019, al considerar que estos actos no constituyeron un delito, sino que respondieron a una necesidad constitucional ante un vacío de poder, con el objetivo de preservar el orden democrático y evitar un caos mayor al existente.

Áñez fue condenada a 10 años de prisión en el caso denominado Golpe de Estado II, bajo el argumento de que había asumido la presidencia de manera ilegal por no seguir la línea sucesoria conforme a la norma. Sin embargo, en su reciente revisión, el TSJ explicó las razones por las que considera que la sucesión presidencial fue necesaria en 2019, más allá de las formalidades.

En noviembre de 2019, Añez era segunda vicepresidenta del Senado, pero asumió la presidencia del Estado porque las autoridades que la antecedían en jerarquía ya habían renunciado. Todo esto ocurrió mientras el país estaba convulsionado, luego de protestas denunciando fraude electoral y la renuncia de Evo Morales.

Según la absolución del TSJ, la actuación de Añez en 2019 “respondió a un contexto de extrema crisis institucional, en el que las decisiones políticas y administrativas tuvieron como finalidad inmediata restablecer la continuidad del Estado Constitucional de Derecho”.

Sostiene que, en noviembre de 2019, “debieron adoptarse decisiones urgentes e inusuales” ante una situación excepcional de vacío de poder y colapso del orden constitucional, tras la renuncia del Presidente y el Vicepresidente del Estado, además de las principales autoridades del Senado y la Cámara de Diputados.

Con este argumento, el TSJ consideró que se configuraba entonces un “estado de necesidad constitucional”, que permite “determinadas acciones extraordinarias encaminadas a preservar la existencia misma del orden democrático, más allá del rigor formal de la norma jurídica”.

Señaló que, en el caso de Áñez, si bien “se refleja en el incumplimiento omisivo de normas de la Asamblea Legislativa Plurinacional”, ante una situación de protesta y crisis político social no se pudo exigir el cumplimiento de esas normas.

En ese entendimiento, la absolución propone entender el accionar de Jeanine Añez “no desde la rigidez del formalismo, sino desde el propósito material de proteger la continuidad del Estado y evitar un vacío de poder”.

Así, en el análisis del máximo Tribunal, la sucesión presidencial, más allá de las imperfecciones procesales, “respondió a una necesidad constitucional y política de preservar el orden democrático, evitar un mayor caos ante las amenazas de distintos sectores de la sociedad y restaurar la gobernabilidad”.

“…los actos de Jeanine Añez Chávez se llevaron a cabo en un contexto extraordinario de vacío institucional y crisis de Estado, donde su conducta (más que maliciosa) respondió a la necesidad de preservar la continuidad del Estado Constitucional de Derecho y evitar un colapso político y social”, enfatiza el documento.

Destaca que los trámites de sucesión no podrían haber sido requeridos, ya que las renuncias de autoridades en noviembre de 2019 fueron públicas y la Asamblea no pudo sesionar con normalidad. Por tanto, era materialmente imposible cumplir plenamente la norma.

Áñez había sido condenada por el delito penal de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, pero el TSJ consideró que el delito no estaba adecuadamente tipificado, porque Añez no lesionó ningún bien jurídico protegido, sino que actuó por un estado de necesidad constitucional.

En ese marco, el TSJ decidió absolver a Áñez de la sentencia en el caso denominado “Golpe de Estado II” y ordenar su libertad.

Fuente: Erbol | Seguridad

Noticias de Bolivia de hoy 06/11/2025

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