TCP presenta como histórica la sentencia 007/2025: nadie, sin excepción, puede ser presidente más de dos veces

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) anunció el miércoles como un juicio histórico de hitos 007/2025, a través del cual establece que nadie puede ejercer la presidencia más de dos ocasiones, ya sea continuamente o discontinuamente.
El decano del TCP, Yván Espada, aclaró que esta determinación se aplica teniendo en cuenta los mandatos del pasado y está en vigor para las candidias actuales.
El criterio de la oración evitaría que Evo Morales sea un candidato para la presidencia, teniendo en cuenta que ya fue elegido presidente en más de dos ocasiones.
El ala "Evista" rechazó el juicio del TCP de antemano, bajo el argumento de contradecir la constitución, que solo limita la selección continua, pero tampoco pudo aplicarse retroactivamente. Sin embargo, el magistrado de la espada enfatizó que la opinión se aplica incluso a períodos pasados y no tiene excepciones.
"Ningún ciudadano boliviano, bajo ninguna circunstancia, puede ejercer más del doble del cargo electo de presidente y vicepresidente, ya sea continuo o discontinuamente, criterios aplicables con el tiempo, lo que implica los períodos constitucionales de mandato que ocurrió y que ya concluyó en el pasado", dijo Sword en una conferencia de prensa.
"Es completamente aplicable a las situaciones en curso, es decir, a cualquier candidato sin ninguna excepción que actualmente finja cumplir con lo determinado", agregó.
La determinación fue asumida por unanimidad por los nueve magistrados del TCP. Argumentaron que su intención es dar certeza para las elecciones del 17 de agosto.
En la conferencia de prensa, todos los magistrados estaban presentes, pero tanto la espada Dean como el presidente del TCP, Gonzalo Hurtado, indicaron como "autoprororoso" intervino. Ambos enfatizaron que esta decisión permanecerá para la historia de la democracia.
Sword agregó que "es hora de comenzar a construir una reforma constitucional que garantice la validez y el ejercicio del estado de derecho constitucional".
Fuente: Erbol