Decreto aumenta la multa por quemas ilegales hasta 976 UFV por hectárea

El Decreto Supremo 5203 determina el aumento de la sanción económica por infracciones a la Ley Forestal, como las quemas ilegales en áreas protegidas. Anteriormente, la multa era de 20 centavos por hectárea de daño y ahora se eleva a un monto de hasta 976 UFV (Unidad de Promoción de Vivienda).
El ministro de Defensa, Edmundo Novillo, afirmó que el monto de la multa anterior era “excesivamente simbólico”, pero ahora la sanción tendrá un fuerte peso económico para los autores de los incendios.
La multa que estaba vigente había sido establecida en 1996 y había recibido críticas por su bajo monto. Ahora el nuevo Decreto permite elevar el monto de la sanción.
Según el Decreto, la multa será de entre 190 UFV y 976 UFV, por hectárea, según la gravedad de la infracción, aplicada sobre la extensión total del predio.
La UFV se cotiza actualmente en Bs2,52, es decir que la sanción mínima por hectárea de 190 UFV equivale a Bs478 y la máxima de 976 UFV llega a Bs2.459.
El monto de la sanción se irá incrementando sucesivamente en un cien por ciento con base en la multa anterior, más la bonificación que corresponda en caso de actos de resistencia o reincidencia, hasta que el obligado cumpla con las respectivas obligaciones.
El Decreto fue firmado el 21 de agosto y establece un plazo de 10 días para que la Autoridad de Supervisión y Control Social de Bosques y Tierras (ABT) emita el reglamento respectivo.
El ministro Novillo explicó que con el reglamento se dará un parámetro entre el mínimo de estas sanciones y el máximo.
Fuente: Erbol