Revocan detención domiciliaria del exasesor del Ministerio de Defensa y ordenan cárcel por cinco meses

La Cuarta Sala Penal de la Corte Departamental de Justicia de La Paz revocó este sábado el arresto domiciliario otorgado por el Juzgado Quinto Penal Anticorrupción de la Corte a Aníbal Aguilar, exasesor del Ministerio de Defensa, procesado junto a varios militares por el hechos ocurridos el pasado 26 de junio en la plaza Murillo.
El abogado defensor Miguel Ramírez informó que la jueza Claudia Castro, sin fundamento lógico y rompiendo la verdad material, anuló el arresto domiciliario y ordenó prisión preventiva por cinco meses en el penal de San Pedro de La Paz.
Ramírez señaló que Aguilar, de 71 años, padece enfermedades que podrían agravarse si cumpliera prisión preventiva, exponiéndolo a un riesgo considerable.
La revocación también afectaría a otros militares que el 1 de julio de 2024 recibieron el beneficio del arresto domiciliario con custodia policial. A pesar de la orden del juez inferior, ésta no se llevó a cabo por falta de personal de custodia y por la existencia de un recurso de apelación en curso.
Aguilar fue acusado por el Ministerio de Gobierno de ser el "ideólogo" del "fallido golpe de Estado" ocurrido el 26 de junio en la plaza Murillo, cuando los militares, encabezados por el general Juan José Zúñiga, se movilizaron de manera irregular.
Al menos diez militares ya cumplen prisión preventiva en los penales de Chonchocoro y San Pedro, en La Paz, mientras que el principal imputado, Juan José Zúñiga, fue trasladado al penal de El Abra, donde cumple prisión preventiva por seis meses.
Mientras tanto, la Fiscalía General del Estado informó que decidió ampliar la lista de delitos presuntamente cometidos por cerca de 24 personas, quienes ahora enfrentan cargos de terrorismo, levantamientos armados contra la seguridad y soberanía del Estado, atentados contra la seguridad del presidente. y otros. Dignatarios del Estado, destrucción o deterioro de bienes del Estado y riquezas nacionales, y uso indebido de bienes y servicios públicos, tipificados en los artículos 121, 128, 133 y 223 del Código Penal y el artículo 26 de la Ley No. 004.
Fuente: Erbol